ALQUILER CON OPCIÓN DE COMPRA:¡ PRECAUCIÓN !
La Opción de Compra está siendo muy utilizada debido a la crisis económica e inmobiliaria que atravesamos, pero se deben de tener muchas cautelas y sobre todo saber que apenas está regulada por Ley, y su desarrollo es más jusrisdrudencial que legislativo.
En resumen debes de saber:
- Que no tiene validez real (hipotecaria) si no se inscribe en el Registro de la Propiedad
- Que está sujeta tributación, según los casos, a IVA ó TP-AJD
- El plazo máximo son 4 años
- Cargas previas.